miércoles, 4 de diciembre de 2013

Al respecto del Matrimonio


       Legalmente, el Matrimonio suele ser definido como "un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen voluntariamente con el fin de convivir juntos, de procrear, y de auxiliarse mutuamente" .

       Sin embargo, se puede enfatizar el punto de que no existe ninguna alternativa posible a esta forma de contrato, y esto no respetaría la Libertad Individual, y las de Conciencia y de Culto que consagra la Constitución, ya que uno se ve forzado a casarse únicamente en los términos que el Estado defina… o simplemente no casarse.
 
       Aún más claro: Se impone por mandato legal el hecho de tener que aceptar ciertos términos y condiciones predefinidas, ya sea que se ajusten o no a las creencias y preferencias personales de quienes desean asumir el Compromiso Matrimonial.
 
        Más grave aún: Una vez que la pareja ha asumido un régimen y todas las cláusulas que implica… el Estado —que no forma parte del contrato (…pues nadie se casa con el Estado!)— puede meter su cuchara… y cambiar los términos en forma totalmente arbitraria y unilateral, sin importar la opinión de los esposos.
 
       Este punto es realmente crítico y deberíamos ver todo el alcance que tiene: Imagínese que usted firma un Contrato de Compra por el cual va a adquirir un automóvil sedán equipado, pagándolo en cuotas fijas por los próximos 24 meses… y, de pronto, al Estado se le ocurre cambiar la figura y —sin que usted pueda quejarse ni hacer absolutamente nada al respecto— queda, de pronto, obligado a pagar cuotas mucho mayores, no por 24 meses sino de por vida y le dan… una Citroneta destartalada. ¿No se sentiría Ud. miserablemente estafado…?

      Pues hace tiempo que está ocurriendo lo mismo con el Matrimonio… y usted (en especial si es hombre) resulta sujeto a una serie de condiciones que jamás aceptó al firmar el Acta Matrimonial. Y lo peor del caso es que no puede evitarlo.

       El hecho es que el Matrimonio no se debe —o no se debería— asumir en una única forma específica y obligatoria —la cual se impone por Ley en modo tácito pero coercitivo— ni, mucho menos, ser torcido después de haber sido asumido… y sin previo aviso ni consentimiento de los cónyuges.

       No. Esto va en contra de todo Derecho Humano. El Matrimonio sólo debería asumirse del modo que los mismos contrayentes elijan libremente y por sí mismos.
 
¿Existe alguna solución —que sea viable—
a esta encrucijada legal en que nos encontramos…?
 
       La hay. En la República Arabe de Egipto —por poner un ejemplo— se ha hallado una solución al espinoso problema del Matrimonio: Los contrayentes eligen por sí mismos el régimen al cual se sujetan, sea Laico, Judío, Cristiano, Musulmán o cualquier otro (a condición de que quede muy claramente definido). Así, de surgir un problema, éste será resuelto —estrictamente— bajo las normas que lo rigen. Esto se aplica por tanto al hombre como a la(s) mujer(es), así como a los hijos que ellos llegasen a tener.
 
       En otras palabras (y volviendo al tema del divorcio): Si una pareja se ha casado sujetándose al régimen Judío o Mahometano, el matrimonio puede disolverse según lo indican el Tanah (Biblia judía) o el Corán; si el régimen elegido fue, en cambio, el Cristiano, no habrá forma de divorcio posible excepto en caso de adulterio probado de la mujer (tal y como se especifica en la Biblia), y, si se tomó el régimen Laico, se concederá (o no) el divorcio en base a los términos especificados por la Ley Egipcia. En caso de que los contrayentes hayan elegido algún otro Sistema de Matrimonio, ellos deberán presentar —ante el Estado— los parámetros y cláusulas que lo definen y regulan, con lo que —de requerirse— simplemente se aplicarán las cláusulas correspondientes que ambos definieron y aceptaron desde un inicio.
 
       Este sistema se aplica actualmente en casi todos los países árabes… y funciona.
 
       Alguien preguntará: ¿Y qué pasaría con los "matrimonios mixtos" en que los contrayentes pertenecen a Religiones diferentes? Ante la Ley… no habría tal concepto, ya que para casarse, ambos tienen que coincidir en aceptar —totalmente— un Sistema u otro. Claro que los contrayentes siempre tendrían la opción de crear un Sistema Híbrido, combinando las pautas de sus respectivas Religiones y agregando —o quitando— aquello en que no estén de acuerdo.
 
¿Y los Matrimonios realizados antes de que se aplicase este Sistema,
o efectuados en el extranjero?
 
       Pues bien, a todos estos matrimonios se les podría otorgar un plazo de Ley —de, digamos, seis meses o un año— para que decidan a qué régimen acogerse e informen al Estado de su decisión. En caso de no hacerlo, se les debería considerar, en forma automática, como casados bajo el Régimen Laico que defina como pauta básica el Estado en cuestión.
 
       Actualmente hay también otras soluciones, como el Contrato de Cohabitación —que se aplica ya en varios países de Europa —y que viene a ser algo similar, si bien dejando de lado el aspecto religioso (que puede incluirse en los términos) y quedando definido como un simple Contrato Civil.
 
       Lo importante en todo esto es el pleno respeto a la voluntad de los contrayentes (sean dos o sean más), como adultos en pleno ejercicio de sus Derechos de Libertad Individual, Sexual y Religiosa (los cuales deberían poder ser ejercidos plenamente sin intromisión ni interferencia). Y no sólo respeto a la voluntad de unirse, sino a su vida familiar y privada.
 
       En realidad, no es nada difícil… excepto por la eterna mala voluntad de incordiar, metiéndose en vida ajena, que se ha vuelto (casi) el deporte mundial.
 
¿Por qué no podemos respetar (de verdad) a nuestro prójimo
y dejar que cada cual elija su forma de vida
según se la dicte su propia conciencia…?

 

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